Canje de licencias de conducir militar

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Canje de licencias de conducir militar
La licencia de conducir expedida de acuerdo al Reglamento de Tránsito Militar podrá canjearse por una de la clase y categoría equivalente a la establecida en el presente reglamento, siempre que la licencia de conducir esté vigente
y presente el oficio del Director de la Escuela de Material de Guerra, gestionando el otorgamiento de la licencia de conducir para el conductor militar dado de baja, en situación de disponibilidad o retiro, adjuntando los siguientes requisitos:

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a) Certificado de buena conducta, otorgado por la autoridad militar o policial competente.
b) Récord de accidentes e infracciones de tránsito del chofer militar, expedido por el Juez Militar de Tránsito.
c) Certificado del examen psicosomático y de suficiencia técnica, expedido por la Escuela de Material de Guerra.
d) Copia autenticada de la resolución y/o documento que acredite la baja del servicio activo.
e) Licencia de conducir militar en vigencia.
f) Copia simple del documento de identidad.
g) Pago por derecho de tramitación (24.50 nuevos soles o 0.68 % de una UIT)

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  1. Posted by raul
  2. Posted by john
  3. Posted by luis alfredo farfan huayotuma
  4. Posted by moises
  5. Posted by sebastian

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