Como busco Personas en la Reniec

Author: | Posted in DNI, Novedades 1.887 Comments


Aveces nos sorprendemos como es que la prensa y la televisión peruana muestran datos «privados» al público siempre que exista algún caso de investigación o el paradero de alguna persona que se supone a cometido alguna infracción o lesionado algún bien jurídico o simplemente un reportaje cruel sobre las edades de los celebres personajes de la farándula local» en fin,¿ Como lo hacen ? es la gran pregunta que muchos quieren saber,  lo hacen accediendo a la pagina oficial de la RENIEC , sin embargo es un servicio de pago, que solo  personas,entidades o empresas interesadas en el  lo adquieren.

reniec-personas-peru

Lo cierto  es que al Sistema de la Reniec, se ingresa con un LOGIN/PASSWORD que la misma reniec te otorga,  previa Evaluacion, demostrando que necesitas verificar la autenticidad de los datos que un sujeto provee para asi corroborar al detalle su identidad real), este servicio tiene un costo por Consulta a esas empresas(notarias, bancos, etc..) o entidades interesadas según nivel (nivel 1: datos personales, nivel 2: datos personales y de los padres, Nivel 3: Fecha de Inscripcion, firma). como sabemos y asi por asi no te lo pueden dar ya que son datos protegidos y existe el derecho a la privacidad.

Si desean Más informacion,(Costos, numero de consultas, etc… pueden verlo en la Web oficial de la Reniec:

http://cel.reniec.gob.pe/cel/html/infor.html

Requisitos:

Cómo Obtener el Servicio.

Obtenga este servicio presentando la siguiente documentación en Av. Bolivia N° 144, Edificio Centro Cívico, Lima:

  • Solicitud dirigida al Jefe Nacional del RENIEC, consignando nombre completo de la empresa o institución, número del Registro Único de Contribuyentes (adjuntar copia), domicilio, nombre, número del Documento de Identidad del representante legal (adjuntar copia) y dirección de correo electrónico, Justificación detallada de la necesidad de contar con el servicio de acuerdo al giro de la empresa.
  • En caso de personas jurídicas, copia legalizada del testimonio de constitución (debidamente inscritos en Registros Públicos), copia legalizada del testimonio de la escritura pública del nombramiento del representante legal, con la correspondiente constancia de inscripción en los Registros Públicos.
  • En caso de Notarios Públicos, copia autenticada de la resolución o nombramiento del notario.
  • En caso de funcionarios de las entidades pertenecientes a la Administración Pública, copia de la resolución de designación.

“Recordemos que, efectivamente, el derecho a la intimidad tiene reconocimiento constitucional y de carácter legal en el Código Civil, formando parte de los derechos de la persona.”

Comments
  1. Posted by Scarliz
  2. Posted by Naty
    • Posted by admin
  3. Posted by jhonatan aldave
  4. Posted by jhonatan aldave
    • Posted by admin
  5. Posted by Lizet
  6. Posted by Lizet
    • Posted by admin
  7. Posted by Maria
    • Posted by admin
  8. Posted by Katy
    • Posted by admin
  9. Posted by Sandra
    • Posted by admin
  10. Posted by Vania
    • Posted by admin
  11. Posted by Julio
    • Posted by admin
  12. Posted by Karina
    • Posted by admin
  13. Posted by Pepito
    • Posted by admin
  14. Posted by Edith
  15. Posted by Bryan
    • Posted by admin
  16. Posted by Fatima
    • Posted by admin
  17. Posted by WILFREDO
  18. Posted by Micaela
    • Posted by admin
  19. Posted by nallely
    • Posted by admin
  20. Posted by Yuly Huamani Castañeda
    • Posted by admin
  21. Posted by Yuly Huamani Castañeda
  22. Posted by Rosinda saenz morales
    • Posted by admin
  23. Posted by Mariella
    • Posted by admin
  24. Posted by Julia
    • Posted by admin
  25. Posted by Amparo
    • Posted by admin
  26. Posted by Olga
    • Posted by admin
  27. Posted by Alejandro
    • Posted by admin
  28. Posted by Lizyel
    • Posted by admin
  29. Posted by Johana Vargas rojas
    • Posted by admin
  30. Posted by Johana Vargas rojas
  31. Posted by Victoria sanchez
  32. Posted by Julio Vilchez
    • Posted by admin
  33. Posted by Fernabdo
  34. Posted by Norma
    • Posted by admin
  35. Posted by Doilly
  36. Posted by Doilly
    • Posted by admin

Add Your Comment