Nuevo trámite de jubilación ONP – Casados y Convivientes
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hola mi viejito tiene 67 años y 20años de aportacion, el abogado le ha dicho q aun no puede por que la onp no tiene plata para pagar soy de piura y el doctor es de lima me pueden ayudar en esto muchas gracias
Hola Rolando, los requisitos son: tener 65 años de edad y acreditar 20 años de aportes. ¿ Qué la ONP no tiene plata? ese es un florazo de tu abogado. La ONP es parte del Estado, así que el Estado siempre tiene plata. En este caso, tiene que seguir su Procedimiento ante ONP y que le paguen los 2 años de devengados e intereses. Otro Consejo… Cambia de Abogado!!!
Soy maestra de niños de primaria de 57 años, vivo en San Borja trabajo en San Juan de Lurigancho hace casi 20 años.
Por artroscopía (rotura de menisco rodilla derecha) me quedó inestable este miembro, reiteradamente he solicitado reasignación para acercar mi centro laboral por inconvenientes en movilidad dos veces al día a horas punta desde el 2004 sin atención.
Muy a mi pesar al año siguiente al auxiliar a un niño accidentado se me herniaron dos vértebras a ambos lados de una intervención quirúrgica (laminectomía anterior por hernia discal ) muy dolorosa por compresión radicular.
Evaluada médicamente en Essalud, CONADIS me otorga R.E. Nº 06760-2006-REG.
Estoy solicitando Transferencia Presupuestal a la I.E. “Los Educadores” donde, tras 8 meses de trámite burocrático en 3 meses de Destaque impulsé de cero y consolidé el Primer Semillero de Música, en talleres con más de 200 niños el 2008 y el 2009, sin contar con aula, sólo en bancas del Patio a la hora de salida de los niños (gracias a estudios de Pedagogía Musical en la UPCH para ampliar habilidades sobreponiéndome a la discapacidad.
Mi consulta es:
Habiendo costeado mi capacitación para servir a la R.M. Nº 0349.ED Ag-2008 que “Crea la Red Nacional de Orquestas Sínfónicas y Coros Infantiles y Juveniles en todas las I.E. del país, habiendo creado esa misma fecha el Semillero de Música con gran aceptación de los padres de Familia. Procede la reconverción laboral para asumir taller y no aula completa según recomendación médica de evitar trajín?
Administrativos de educación discriminan al discapacitado, al no aplicar la Ley 27050,su Modificatoria Ley Nº 28164, incurren en Negligencia de Funciones, incumplen el Código de Etica en mi caso, durante años impunemente, existen documentos del cada vez mayor perjuicio y agudización de mis limitaciones: por caída, doble fractura de muñeca derecha, otras caídas, una vez arrastrada varios metros al no terminar de subir para transportarme del trabajo por la noche, alteráción de mi presión arterial por el impacto, recrudecimiento de una afección de asma por la tensión y la angustia ante la hostilización y atropello en mi centro laboral.
Hechos documentados por lo que CONADIS envía Oficios y solicitudes de intermediación reiterada, recomendando la aplicación del Art. 8º de la Ley 27050 PCD, tanto a la UGEL Nº 05, 07, a la DRELM.¿Procede la Aplicación de Sanciones sin tener que gastar en un abogado?
Mis remuneraciones son reducidas atentando contra Art. del Código Penal además del 31.1 y 31.2 del capítulo VI de PROMOCIÓN DE EMPLEO de la Ley 27050, que indica:
” Es nulo el acto que basado en motivos discriminativos afecte al discapacitado”.
Agradeceré orientaciones respecto a las Sanciones a quienes incumplen la Ley 27050 como es mi caso y sobre jubilación adelantada por discapacidad.
Atentamente,
Nelly Violeta Landivar Guzmán.
Octavio
Si aun ninguno de ustedes no tienen pensión de jubilación puede iniciar el trámite en la ONP, simpre y cuando la suma de sus aportes supere los 20 años de aportaciones.
Llamar al 595-0510 para que le den la dirección donde le corresponde hacer su trámite.
DONDE HAGO MIS TRAMITES CUMPLO 65 EN NOVIEMBRE PERO MI ESPOSA YA LOS CUMPLIO TENGO 41 AÑOS DE CASADO